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¿Qué hago si un coche me golpea y se da a la fuga?

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SEVILLA 21.7.2020 / Jose Manuel García Bautista

Los atropellos a peatones son más comunes de lo que creemos y más aún la fuga de uno de los implicados, que muchas veces es un problema para la víctima del mismo.

En muchas ocasiones el conductor del vehículo se da a la fuga por no contar con seguro, no tener la ITV, estar conduciendo bajo los efectos del alcohol, causas pueden haber muchas para comportarse de forma tan incívica.

Cuando se recibe un golpe en el coche y se dan a la fuga deben tomarse nota de los datos de los conductores y coches involucrados para proceder a las pertinentes reclamaciones a los seguros. Pero si no se han tomado los datos es un problema.

Nunca se debe salir tras el coche que se da a la fuga, se debe siempre recabar la mayor información con tratar de recordar la matricula, marca, modelo y color del vehículo que se dio a la fuga y todo lo que sea una descripción que pueda ser de utilidad para identificar el coche.

Lo siguiente es llamar a la Policía informando de que has sufrido un golpe en el coche, si hay testigos mejor pues cimentarán más tu declaración y la culpabilidad del fugado.

Si tienes algún tipo de lesión como consecuencia del impacto debes ir a un hospital en el que te facilitarán un parte de lesiones que podrás incluir como prueba a la hora de reclamar.

Es importante que las pruebas médicas se realicen en un plazo no superior a las 72 horas desde que se produce el accidente.

Luego debes gestionar la reclamación y búsqueda del infractor con tu aseguradora.

En caso de no dar con el fugado se acude al Consorcio de Compensación de Seguros que se encarga de la indemnización.

El Consorcio de Compensación de Seguros tiene unos gastos pactados que están regulados por la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en su artículo 11:

Daños personales: 70 millones de euros, independientemente del número de víctimas.

Daños materiales: 15 millones de euros por siniestro.

Asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria: sin límites hasta la total consolidación de las secuelas, habiendo justificado debidamente dichos gastos.

Gastos de entierro y funeral: hasta la cuantía que se justifique.

En los casos en los que no se identifica al conductor que se dio a la fuga, el CCS solo se hace responsable de los daños personales y no de los materiales. Con excepción de aquellos que sean de mayor gravedad, si bien se fija una franquicia de 500 euros, lo cual significa que si la suma total de los daños es inferior a esa cantidad, el CCS no lo cubre.

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