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¿Has cobrado ya el dinero del ERTE?

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SEVILLA 18.4.2021 / Jose Manuel García Bautista

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El Gobierno, los sindicatos y la patronal aprobaron la ampliación de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 31 de mayo. Esta medida se viene aplicando desde poco después de la declaración del coronavirus como una pandemia para intentar paliar los efectos económicos de la misma.

Muchos empresarios se acogieron a la medida y pusieron a parte de su plantilla en ERTE. Esta situación, junto con la disminución del trabajo presencial en favor del teletrabajo, supusieron un retraso en las oficinas del Servicio Público de Empleo (SEPE), por lo que los 15 días estipulados para resolver la solicitud de los ERTE se han prorrogado.

La normativa del SEPE recoge la obligación de “resolver las solicitudes de prestaciones en un plazo de 15 días y notificarlo 10 días después”. Y, además, añade que si “transcurridos tres meses desde la presentación de la solicitud no se ha resuelto, se deberá entender desestimada por silencio administrativo”.

Por lo tanto, todas las solicitudes sin aprobar no recibirán ningún montante económico hasta que el SEPE comunique su resolución definitiva y, en caso de que no lo haga, se entenderá como denegada al transcurrir tres meses desde la entrada en registro de la petición.

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¿Qué se debe hacer?

Si pasan tres meses desde la presentación de la solicitud y no obtenemos respuesta, podremos presentar una reclamación administrativa. Este es el paso previo antes de que se abra la posibilidad de interponer una demanda judicial.

La reclamación debería dirigirse a la Dirección Provincial del SEPE mediante un escrito presentado por registro para que quede constancia de la solicitud. Es especialmente importante guardar copias selladas de todo el proceso por si en algún momento hubiera que iniciar la vía judicial.

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