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EL TSJA CONFIRMA LA CONDENA DE 3 AÑOS Y MEDIO A UNA EMPLEADA DE HOGAR POR ROBO EN LA VIVIENDA EN LA QUE TRABAJABA

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Sevilla, 2 de mayo de 2019.-

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado íntegramente la condena impuesta por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla en la que condenaba a 3 años y seis meses de prisión a A.B.T. como cooperadora necesaria de un delito robo con fuerza en casa habitada de especial gravedad, con abuso de confianza.

También ha condenado a su marido y hermano R.A.R. y T.B.T. como autores del mismo delito en concepto de autores a 2 años y seis meses de prisión.

Robaron 63.500 € en efectivo y 43.092 € en joyas, de las cuales se recuperaron algunas valoradas en 12.800, 75 €. Del efectivo los condenados solo consignaron la cantidad de 6.010, 98 €

Los hechos por los que fueron condenados se producen a partir del mes de octubre de 2015, cuando A.B.T. que acudía a realizar la limpieza a la casa de los denunciantes dos veces por semana en horario de mañana, conocedora de los lugares de la casa donde los propietarios tenían o podían tener el dinero y los efectos de valor, sustrajo unos pendientes y un anillo camafeo que su marido vendió el 23 de octubre de 2015 en una conocida joyería de Sevilla. Tambien, en este caso, la condenada, vendió en otra joyería una pulsera por la que obtuvo 400 €.

Conociendo la condenada que el matrimonio se ausentaría de su vivienda durante el puente de la festividad de la Inmaculada, se puso de acuerdo con su marido y con su hermanos, facilitándole la llave del domicilio y la clave de acceso del dispositivo de seguridad con el que contaba la vivienda, los cuales poseía como consecuencia de la confianza depositada tras años de trabajo continuado al servicio de esta familia.

Sobre el día 5 de diciembre de 2015, a primeras horas de la tarde se desplazaron al citado domicilio, abrieron la puerta, desconectaron la alarma, registraron las dependencias y cortaron con una rotaflex el armero en el que se encontraban las joyas y el dinero. También abrieron un ropero del que cogieron más efectivo.

Parte de los hechos fueron reconocidos por los condenados que, sin embargo pretendían que la pena quedara por debajo de 2 años a fin de eludir la prisión.

No obstante, debido a la defensa de las víctimas ejercida por el despacho ISBYLEX ABOGADOS, representados por JOSÉ MANUEL CARRIÓN y ANTONIO JIMÉNEZ, la Sección Séptima condenó a la pena que se les ha impuesto lo que supone el ingreso en prisión y el abono de la indemnización por responsabilidad civil además de las costas.

Aún les quedaría a los condenados la posibilidad de interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

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JULIAN MALAESPINA

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