Sevilla, 26 de marzo (EFE).-
La Consejería de Salud y Familias ha establecido una protocolo para que durante el estado de alarma las farmacias puedan dispensar a domicilio medicamentos y productos sanitarios.
Afecta a productos sometidos o no a prescripción médica, para los pacientes “frágiles” o con dificultades de desplazamiento.
INDICADO PARA PERSONAS SIN APOYO
Se podrán beneficiar de esta entrega a domicilio aquellas personas sin posibilidad de apoyo de nadie de su entorno, que no pueda salir de su casa por problemas de movilidad.
También a personas con enfermedad aguda o con procesos crónicos complejos incluidos en los grupos de mayor riesgo y personas que por su edad o especial fragilidad sean más vulnerables al contagio.
Podrán beneficiarse aquellas personas que estén en situación de cuarentena domiciliaria por coronavirus.
SUPERVISIÓN POR TITULADO EN FARMACIA
La dispensación a domicilio será supervisada por una persona titulada en Farmacia y que no se realizará publicidad de esta modalidad de dispensación.
No obstante, se podrá hacer pública la información sobre las mismas en el portal de la Junta de Andalucía y en los de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de las provincias.
La dispensación a domicilio será solicitada por la persona interesada a la oficina de farmacia que determine, preferentemente ubicada en su municipio o en las cercanías si en el suyo no hay.
Además, no podrá suponer coste añadido alguno al de los medicamentos que se le entregan.