España LEGAL Y TRIBUNALES

Se aumenta el Iprem y con ello la cobertura de la justicia gratuita

Sharing is caring!

NOTICIA PATROCINADA POR:

Redacción, 28 Octubre 2020.-

La proposición del Gobierno ha sido elevar para 2021 un 5% el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) hasta 564,73 euros.

Este importe que lleva prácticamente congelado diez años.

Así lo ha anunciado el presidente del Gobierno, en relación al anteproyecto de los Presupuestos Generales del Estado.

Con este incremento más personas podrán acceder al beneficio de la justicia gratuita.

http://www.elitelegal.es

Así lo ha destacado el Consejo General de la Abogacía Española (CGA) en una nota de prensa.

El CGAE destaca que la medida paliará los efectos negativos del incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 950.

Este incremento perjudicó al umbral de acceso para quienes no tenían cargas familiares, ya que estaba situado en 12.908 euros anuales.

En los últimos años el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples se ha mantenido en los 537,84 euros al mes.

No ha experimentado grandes cambios a pesar de que el salario mínimo (SMI) sí ha protagonizado una importante subida.

¿Qué es el IPREM?

El IPREM se creó en 2004 con el objetivo de que las ayudas y subsidios no relacionados con el trabajo dejaran de actualizarse conforme al SMI.

Ha estado congelado desde el año 2017 que experimentó la última subida.

Sin embargo ahora el IPREM se incrementará en cerca de 27 euros, hasta los 564,73 euros.

Este índice sirve de referencia para solicitudes de Asistencia Jurídica Gratuita, becas, ayudas a la vivienda, para establecer límites fiscales o en el cálculo y acceso a prestaciones sociales.

De ahí su importancia para los colectivos más desfavorecidos.

El acceso a la justicia gratuita

Según recoge el artículo 3 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, tendrán derecho a la Justicia Gratuita los ciudadanos que no superen por unidad familiar los siguientes umbrales:

  • Dos veces el IPREM cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.
  • Dos veces y media el IPREM cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros.
  • El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares formadas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa.

El IPREM se actualiza anualmente a través de la Ley de Presupuestos.

ASESÓRATE EN: http://www.isbylex.com

http://www.isbylex.com

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

ÓYENOS EN: http://www.eliteradiovision.com

http://www.eliteradiovision.com

SÍGUENOS EN NUESTRO CANAL DE YOUTUBE:

Related posts

PSOE valora el “fin del desbloqueo” de España

Maria Serrano

El consentimiento de la victima no atenúa la pena en el quebrantamiento de la orden de alejamiento

Manuel Ponce

La Audiencia Nacional decide el 21 de enero sobre la limpieza de los suelos radiactivos de Palomares

Manuel Ponce

Leave a Comment

shares