España Legal y Tribunales

Una testifical es suficiente para probar horas extras sin registro horario

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Redacción, 18 Noviembre.- Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dado la razón a un trabajador.

Y ha resuelto que trabajaba más horas de las contratadas basándose, en exclusiva, en la prueba testifical.

La empresa carecía de medios para controlar los horarios efectivos del empleado.

Y ha sido condenada a retribuir el trabajo no reconocido más los intereses devengados,

En estas circunstancias, el tribunal ha establecido que la única manera que tiene el empleado de probar el abuso de la empresa es la aportación del testimonio de terceros.

Su sola aportación basta para invertir la carga de la prueba contra la empresa. 

En el caso, se resuelve el recurso de la empresa contra la sentencia del juzgado.

Esta había estimado la petición de un pastor de una finca privada que alegaba dedicar a sus ovejas diariamente más horas de las contratadas.

Y la empresa se negaba a reconocerlas y a remunerarlas. 

Así, el empleado aseguraba que realizaba jornada de 6 a.m a 12.30 p.m y de 16.30 p.m a 22 p.m de lunes a sábado, descansando sólo los domingos.

Por su parte, la empresa defendía que en realidad la jornada era de 7 a.m a 11 p.m y de 18 p.m a 22 p.m. y que los sábados sólo trabajaba un par de horas por la mañana. 

Vistos los hechos y escuchado el testimonio de los testigos aportados por el trabajador, el tribunal ha concluido que el testimonio de terceros es la única manera que tiene el empleado para probar que realizaba un horario más extenso del materializado en el contrato, ya que la empresa no contaba con medidas técnicas para controlar el tiempo de trabajo. 

Por ello, presentada la prueba, corresponde a la empresa desmontar que dichas horas extras no se realizaban, o que fueron efectivamente remuneradas. 

Así, el tribunal condena a la empresa a abonar al pastor las horas extras no remuneradas hasta el momento. 

No es la primera vez que se admite que existe trabajo extra no remunerado en base, en exclusiva, a pruebas testificales.

Estas resoluciones cobran especial importancia desde que, en marzo de este año, se impuso para las empresas la obligación de registro horario de los trabajadores en nómina. 

Un caso reciente en el que se decidió sobre esta problemática con similar resultado fue el resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias.

En él, un trabajador consiguió demostrar que realizaba horas extras al abrir y cerrar la ferretería de la que se encargaba gracias a la testifical de dos personas.

También un pantallazo del horario de apertura al público, accesible desde la web.

Tanto la sentencia del TSJ de Islas Canarias como la del TSJ de Castila-La Mancha abren la veda a la flexibilización de las exigencias probatorias a los trabajadores en caso de abusos de los empresarios con los horarios.

Hasta el momento, la doctrina del Supremo exigía un desarrollo exhaustivo día a día y hora a hora de los periodos de tiempo trabajados de más.

Y el trabajador debía aportar indicios sólidos para exigir el pago de las horas extras no remuneradas.

Ahora son dos las resoluciones donde la aportación de una mera testifical invierte la carga de la prueba en contra de la empresa.

Eso sí, como apunta el TSJ de Islas Canarias, deben tratarse de un abuso continuado, y no de puntuales extensiones de horario.  

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