Elitediario Legal y Tribunales LEGAL Y TRIBUNALES

Se prorroga la suspensión de los desahucios en situaciones de vulnerabilidad hasta el 9 de agosto de 2021

Sharing is caring!

NOTICIA PATROCINADA POR:

www.elitelegal.es

Redacción 4.5.2021.-

Redacción 5.5.2021.-

Desde la firma ISBYLEX ABOGADOS nos informan que el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, se prevé la prórroga de esta medida hasta el 9 de agosto de este año 2021.

Esta medida anudada a la declaración del estado de alarma mantenía a muchas familias en una situación límite y supone un respiro temporal en tanto en cuanto la recuperación económica se materializa.

En el artículo 7 de dicho Real Decreto-Ley, se procede a modificar el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, se establece lo siguiente:

WWW.ELITELEGAL.ES
  • Su artículo 1 sobre la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, prorrogando dicha suspensión hasta el 9 de agosto de 2021.
  • Su el artículo 1 bis, en relación con la suspensión hasta el 9 de agosto de 2021 del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal, en los que el Juez tendrá la facultad de suspender el lanzamiento hasta la fecha en que hayan transcurridos 3 meses desde la finalización del estado de alarma.
  • Su artículo 2 sobre la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, que se fija hasta el 9 de agosto de 2021.
  • Su artículo 4 en su apdo. 1, sobre la aplicación automática de la moratoria de la deuda arrendaticia en caso de grandes tenedores y empresas o entidades públicas de vivienda, que se podrá solicitar el aplazamiento del pago de la renta hasta el 9 de agosto de 2021.

Desde la firma ISBYLEX ABOGADOS prestamos un servicio especializado para las situaciones derivadas tanto a propietarios como a familias en situación de vulnerabilidad.

TE ASESORAMOS     https://www.isbylex.com/

WWW.ISBYLEX.COM

SUSCRIBETE A NUESTRO CANAL DE YOU TUBE  http://www.eliteradiosevilla.es/

PUEDE INTERESARTE

Related posts

Condenado a dos años de cárcel por publicar en redes una foto de la víctima de ‘La Manada’

Manuel Ponce

¿Puedo tener vacaciones estando en un ERTE?

Jose Manuel Garcia Bautista

Se duplican los contagios en las ultimas 24 horas hasta los 257

REDACCION

Leave a Comment

shares