Elitediario Legal y Tribunales LEGAL Y TRIBUNALES

¿Qué le pasa al trabajador si la empresa se declara insolvente?

Sharing is caring!

NOTICIA PATROCINADA

Redacción 22.5.2021.-

En el momento presente y desde hace algún tiempo los efectos de la pandemia se están cebando con las empresas en España

El principal problema que se está detectando es la falta de liquidez, como consecuencia de la reducción de la propia actividad de las empresas.

A raíz de esta situación de incertidumbre, los trabajadores han comenzado a plantearse cómo les afecta la situación de su empresa.

Desde la firma ISBYLEX ABOGADOS, despacho especializado, nos aportan algunas claves de como dicha posible insolvencia en el entorno laboral puede afectarle y plantea igualmente las posibles responsabilidades de las empresas y deberes y derechos de los trabajadores una vez que la entidad se ha acogido a la protección del concurso de acreedores.

Ampliación de la moratoria concursal

La ampliación moratoria concursal ha derivado en retrasos en la toma de decisiones por parte de las empresas, en cuanto a los diversos procedimientos a los que las empresas se pueden acoger respecto a la posible reestructuración de su deuda y sus operaciones y determinar la continuidad o no de la misma.

Tanto las empresas que han decidido esperar, como las que han adoptado alguna decisión legal para hacer frente a su insolvencia, continúan con la obligación de mantener las responsabilidades en el pago de los salarios y hacer frente a la cotización de sus empleados.

Entre ellas, se encuentra el pago de los salarios a los trabadores que se cubre al menos hasta el importe que garantiza el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

Pero el crédito salarial respecto a otras obligaciones cuenta con un privilegio, pero posee algunos límites dado que se complica cuando la empresa inicia el procedimiento concursal ya sin activos propiamente dicho.

De forma que los salarios correspondientes a los últimos 30 días de trabajo efectivo realizado por el trabajador antes de la declaración de concurso con el máximo del doble del salario mínimo interprofesional y los que se devenguen tras esta son créditos contra la masa.

Limitaciones del FOGASA en el abono de las nóminas pendientes

En caso de que la empresa no tenga liquidez suficiente para pagar las nóminas, interviene el FOGASA, aunque con algunas limitaciones:

  • Salarios: El límite será la cantidad resultante del doble del salario mínimo interprofesional (SMI) diario (con inclusión de las pagas extra) por el número de jornadas laborales pendientes de pago (máximo, en este aspecto, de 20 días).
  • Indemnizaciones, lo garantizado será de una anualidad del sueldo diario, base del cálculo y que incluye las pagas extra, no pudiendo rebasar el doble del SMI.

Por último, desde ISBYLEX ABOGADOS nos recuerdan que los empleados, independientemente de que la empresa se encuentre en concurso de acreedores, deben seguir yendo a su puesto de trabajo, ya que no se paraliza el funcionamiento de la entidad.

En ocasiones, los administradores concursales podrán eximirles de acudir al puesto otorgándoles permisos retribuidos.

ASESORATE DEBIDAMENTE CON WWW.ISBYLEX.COM

SUSCRÍBETE A NUESTRO CANAL DE YOUTUBE WWW-ELITERADIOVISION.ES

PUEDE INTERESARLE:

Related posts

Justicia ordena el teletrabajo para sus funcionarios

Manuel Ponce

Israel comienza a vacunar a los jovenes

REDACCION

Diez años de cárcel por mantener relaciones sexuales con una menor de 13 años

Manuel Ponce

Leave a Comment

shares