SEVILLA 31.7.2020 / Jose Manuel García Bautista
El temor a un nuevo confinamiento hace que sean muchas personas las que planteen sus dudas legales sobre determinadas situaciones. Los niños son la principal cuando ha habido una ruptura, un divorcio.
Así la forma para reclamar ante un incumplimiento de la sentencia es la demanda de ejecución. En un estado de alarma se encuentran suspendidos los plazos y no se da trámite a nuevas demandas, a excepción de aquellas que se interpongan teniendo como base el artículo 158 del Código Civil, que trata del apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios, lo que se tendrá que acreditar.
No debe olvidarse que se debe tener en cuenta el criterio del Juzgado donde se dictó la sentencia sobre si debe continuarse con el régimen de visitas o la custodia compartida.
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