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Me ha atropellado un patinete eléctrico, ¿Qué puedo hacer? ¿A quién reclamo?

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El año pasado se registraron casi 300 accidentes en los que estuvo involucrado un patinete eléctrico

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Redacción, 1.5.2021.-

Todos nos hacemos últimamente esta pregunta debido a la proliferación de este tipo de vehículos en nuestras ciudades y por las situaciones de riesgo en que se han visto envueltos los transeúntes al encontrarse con estos.

Sin embargo, ¿qué ocurre si tenemos un accidente donde hay un patinete eléctrico implicado? ¿Deben de tener un seguro contratado? ¿Por dónde se puede circular con ellos?

Desde la firma ISBYLEX ABOGADOS procedemos a aclararles las principales dudas que surgen ante estos accidentes.

¿Tienen que estar asegurados los usuarios de un patinete eléctrico?

De momento, el patinete eléctrico no tiene la consideración de vehículo de motor de forma que no es obligatorio tener contratado un seguro de responsabilidad civil para manejarlo.

Pero es que además a diferencia de lo que ocurre con los vehículos a motor, en caso de accidente la responsabilidad del conductor es subjetiva, no objetiva.

No obstante, puede darse el caso de que quien usa el patinete esté asegurado bien con algunos seguros de hogar o incluso que el patinete sea de una empresa de alquiler. En estos casos, si sufrimos un accidente podremos reclamar directamente a la aseguradora.

¿Y si no está asegurado?

Esto no quiere decir que si sufres un atropello de un patinete eléctrico este no tenga responsabilidad en ello. Todo lo contrario.

En nuestro Código Civil está bien claro: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Si el usuario del patinete que nos ha atropellado no tiene seguro, deberá responder directamente de los daños causados con su patrimonio. 

Entre los daños causados no figuran solo las lesiones físicas, también tendrá que hacerse cargo de los daños que nos haya causado en nuestros efectos personales.

Además, no importa que el causante del accidente sea menor de edad: recuerda que, en tal caso, los padres o tutores responderán por dichos daños.

¿Qué tengo que hacer si sufro un atropello?

Los patinetes eléctricos no tienen matrícula ni número de bastidor, no están identificados. Por eso, es muy importante que sigas los pasos que te indicamos a continuación para poder tener éxito en tu futura reclamación:

  • Intenta identificar al conductor del patinete. Pídele sus datos personales e indaga si está asegurado. Si se resiste o no coopera, no dudes en llamar a la Policía/Emergencias para que levanten un atestado.
  • Trata de conseguir los datos de testigos que hayan presenciado el accidente. 
  • Recopila toda la información y pruebas posibles. Haz fotos del lugar del accidente, guardar la ubicación y la hora a la que se ha producido el mismo y cualquier documentación médica derivada del accidente.

Todo ello es imprescindible, porque deberemos de probar nosotros que el conductor del patinete es el responsable del accidente y de los daños causados.

No olvidar que tienes un plazo máximo de UN AÑO para reclamar.

Reclamación extrajudicial previa

Como siempre, antes de acudir a los tribunales debes de haber tratado de llegar a un acuerdo extrajudicial con el causante del accidente.

Si no recibes respuesta o la respuesta recibida no es satisfactoria, toca ponerse en manos de profesionales y reclamar judicialmente tu indemnización dado que este acompañamiento de un asesor legal le asegurará la indemnización por el accidente justa y proporcional.

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