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Los autónomos perderán el 10% de la pensión si se amplía el cálculo a 35 años

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Los asalariados sufrirían una merma del 8,6% en las prestaciones

Redacción: 09/08/2021

Según El Economista, tras el acuerdo para la primera parte de la reforma del sistema público de pensiones, tanto los expertos como los agentes sociales y el propio Ejecutivo asumen que los aspectos más espinosos del plan de medidas se debatirán en la segunda parte de la negociación, el próximo 2022. Uno de los elementos que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dejado pendientes es el de la ampliación de los años cotizados para el cálculo de la pensión. A comienzos de este año se especuló en base a las filtraciones de documentos que habrían sido remitidos a Bruselas de que se exploraría la ampliación de los 25 años cotizados a los 35 años, para el cálculo de la base reguladora de la prestación de jubilación.

De llevarse a término este supuesto y teniendo en cuenta los diferentes regímenes de la Seguridad Social, los autónomos serían los más perjudicados con más de un 10% de reducción media de las pensiones, mientras que la merma para los asalariados por un incremento de diez años en el periodo de cómputo sería del 8,6%.

Si bien en el documento final, aprobado por la Comisión Europea, no se refleja el número concreto de años en los que se ampliaría el periodo de cálculo, sí que se referencia que será una de las medidas que entren en vigor como parte de la reforma del sistema público. Aquí, fuentes cercanas a la negociación aseguran a este medio que es una de las medidas que se pondrán en la mesa de diálogo social para la segunda pata de la reforma, aunque aclaran que el eventual aumento de años cotizados para el cálculo iría acompañado de una prebenda por la cual las lagunas de cotización -esos periodos en los que el trabajador no ha podido aportar a la Seguridad Social por cortes en su actividad laboral- serían compensadas por la Seguridad Social.

Más contributividad

Sin embargo, sea cual sea la decisión que se adopte en la mesa de diálogo este aumento de años cotizados para el cálculo de la pensión es una de las vías que los partidos políticos reseñan en las recomendaciones del Pacto de Toledo para aumentar la contributividad del Sistema. Es decir, para que cada vez sea más correlativa la pensión al volumen de cotizaciones realizadas durante la vida laboral. Por ello, llaman los partidos en esa recomendación de, progresivamente, elevar la contributividad del Sistema, en la que también se plantea una integración de los regímenes especiales de la Seguridad Social para facilitar el proceso. Sin embargo, el resultado de la medida parece que traerá una merma en la pensión media, en la mayoría de los casos.

Si bien no necesariamente el aumento del periodo de cálculo debe suponer de entrada una rebaja en la cuantía de la pensión inicial de jubilación -puede ocurrir que un trabajador se haya visto perjudicado por un corte de su carrera laboral en los últimos años, previos a la jubilación, caso en el que la medida le beneficiaría suponiendo una mejora de la prestación en comparación a si se hubieran tomado 25 años cotizados en lugar de 35 años-, en la mayoría de los casos, por la simple senda ascendente de remuneración que se presupone en todos los puestos de trabajo, esta ampliación cogería más años de los iniciales, menos fructíferos, empeorando así el cálculo de la pensión.

Concretamente, los cálculos elaborados por el Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social, esta medida supondría de media para los pensionistas un recorte en la cuantía inicial de la paga del 8,6%. Sin embargo, si diferenciamos entre el régimen general de trabajadores asalariados y el régimen de autónomos se aprecia una notable diferencia. Si los asalariados asumirían de media una reducción de las pagas también del 8,6%, los autónomos verían elevarse este recorte hasta un 10,3%. “El régimen de autónomos saldría más perjudicado, con una bajada del 10,3%, frente al 8,6% de reducción en el régimen general, debido a que en el de autónomos no se integran las lagunas de cotización, es decir, los meses no cotizados computan con cero euros, penalizando fuertemente el valor de la base reguladora”, apuntan los autores del estudio.

Más allá, los expertos autores del estudio apuntan a la conveniencia de llevar a cabo esta medida de forma gradual. El aumento del número de años, de 25 a 35, para el cálculo de la base reguladora “es una medida que mejoraría la contributividad del sistema, al aumentar la relación entre aportaciones y prestaciones, pero también afecta a la cuantía de la pensión inicial. Además, desde el punto de vista de una mayor contributividad, sería conveniente que el periodo de cómputo se extendiera a toda la carrera laboral. Naturalmente, es recomendable que este proceso se haga de forma gradual, con períodos que abarquen, cuando menos, una década”, apuntan.

Duración de la carrera, crucial

Más allá, sobre los determinantes que implican la variación en la cuantía de las pagas, se observa que el efecto de la ampliación del periodo de cálculo depende más de unas características que de otras. La más relevante es la duración de la carrera laboral, ya que las carreras cortas verían disminuir su base reguladora un 14,9%, frente a carreras largas (equivalente a más de 43 años y ocho meses cotizados), que sufrirían la mitad de reducción (7,5%). “Como consecuencia, las mujeres, que presentan carreras laborales más cortas, estarían más afectadas por el cambio, pudiendo producirse una discriminación indirecta por razón de género”, advierten los investigadores.

El autónomo podrá cotizar de más cada año para aumentar su pensión

La explicación de la influencia de la distinta duración de la carrera laboral en la base reguladora es por el método de integración de las lagunas: a menor carrera laboral más necesidad de integración de lagunas al pasar de 25 a 35 años y mayor número de ellas con el 50% de la base mínima que con el 100%. Además, la edad de jubilación también tiene un efecto relevante, siendo mayor el impacto sobre las jubilaciones demoradas (11,6%) que sobre las anticipadas (7,9%), estando las ordinarias en situación intermedia (8,9%). “Buena parte de este efecto se debe a la correlación negativa entre edad de jubilación y carrera laboral y no por el efecto edad propiamente dicho”, concluyen.

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