SEVILLA 19.3.2021 / Carlos Medina Almazán

NOTICIA PATROCINADA POR:

La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha decretado la puesta en libertad de los dos policías nacionales que se encontraban en prisión provisional desde el pasado 15 de febrero por agredir a un vecino de Linares y a su hija de 14 años en un bar cuando se encontraban fuera de servicio.
La defensa de los dos agentes ha pedido la puesta en libertad, a lo que se ha opuesto tanto el Ministerio Público como la acusación particular que han solicitado que se mantenga la prisión provisional para ambos, según fuentes judiciales.
Tras la negativa del juzgado de instrucción de Linares a poner en libertad a los dos policías, la defensa recurrió la decisión, por lo que el caso se trasladó a la Audiencia de Jaén, donde en la mañana de hoy se ha celebrado la vista.

NOTICIAS RECOMENDADAS
Consumo insta a consultar la política de devoluciones antes de comprar
Alimentos que limpian el organismo
¿Es mejor la Declaración de la Renta individual o conjunta?

Finalmente, tras tres horas, el tribunal ha decretado la puesta en libertad de los dos agentes de la policía, mediante un auto de once páginas. Ambos acusados se encontraban en prisión provisional desde el pasado 15 de febrero en el centro penitenciario de Sevilla 1, concretamente en el módulo específico destinado a miembros de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
De hecho, el efecto del auto es inmediato por lo que los dos agentes quedarán en libertad en el mismo momento en que llegue la comunicación judicial a la prisión.
En el informe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se insiste en que “la medida de prisión provisional no puede ser utilizada como pena anticipada, ni como respuesta a una situación de alarma social como la generada en el caso de autos en donde se produjo incluso un asedio a la sede judicial por una multitud de personas”.
A pesar de quedar en libertad, los dos policías tienen la obligación de comparecer en el juzgado de guardia los días 1 y 15 de cada mes, así como la prohibición de acercarse a la víctima, con la que deberán guardar una distancia de 200 metros. La decisión de la Audiencia es firme y no se puede recurrir.
TE ASESORAMOS
