Jaen LEGAL Y TRIBUNALES

La causa judicial más antigua del país acaba con absolución tras 22 años

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Jaén, 22 Noviembre 2020.-

El caso Rexus ha acabado con sentencia absolutoria para sus nueve acusados después de 22 años en los juzgados.

Y tras haberse convertido en la causa judicial más antigua de España pendiente de señalamiento, según ha venido recogiendo el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Fue en 1998 cuando la Fiscalía Anticorrupción abrió diligencias por un supuesto fraude con empresas pantalla.

Desde entonces han pasado 22 años hasta que finalmente el pasado 13 de noviembre el Juzgado de lo Penal celebró el juicio y sentó finalmente en el banquillo a nueve acusados, ahora todos absueltos.

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Aunque eran diez los acusados, solo se ha juzgado a nueve por el fallecimiento de uno de ellos.

El juicio se celebró en la sala de vistas de la Audiencia de Jaén por el elevado número de acusados.

Y si bien hubo que esperar 23 años para celebrar el juicio, no ha ocurrido lo mismo con la sentencia.

Un fin de semana es lo que ha necesitado la magistrada para emitir su fallo y comunicarlo a las partes.

El juicio se celebró el 13 de noviembre y la sentencia, de 36 páginas, ya estaba notificándose el 16.

A los nueve acusados, el Ministerio Fiscal le reclamaba penas de entre cuatro y seis años de prisión.

Además de multas de 15 millones de euros, por un supuesto fraude de más de 4,6 millones de euros a la Hacienda Pública.

En concepto de IVA impagado por la compraventa de material informático a través de testaferros y empresas pantalla.

En el ojo del huracán, la empresa jiennense Rexus.

Se imputó a las dos administradoras y al apoderado de esta empresa de informática.

En la que habían participado como empresas de primer y de segundo nivel numerosas sociedades radicadas en su mayoría en Madrid.

Y en las que aparecían como administradores en varias de ellas personas de nacionalidad extranjera.

Ahora, la magistrada señala en su sentencia respecto a Rexus que
las facturas emitidas por dicha entidad “obedecían a servicios efectivamente prestados con su correspondiente cuota de
IVA”.

Y añade al respecto que “difícilmente puede estimarse acreditada la participación de estos acusados en los hechos que se les imputan”.

El abogado de los responsables de Rexus, Antonio Martínez Aguilera, ha señalado que pese a la “gran satisfacción” de sus defendidos por la sentencia absolutoria, “aquí no se produce una situación de justicia”.

“Si bien es verdad que te libera de una acusación, que eso ya es mucho, está muy lejos de haber producido una satisfacción y de haber reparado todo el mal causado que tiene una pena de 17 años de banquillo”.

“Con una responsabilidad civil que te coarta toda la actividad económica que puedas hacer en tu vida, pidiéndote casi 4,2 millones de euros”.

La magistrada habla en la sentencia de “vacío probatorio”.

Y concluye que “existen dudas más que razonables acerca de la concurrencia de todos y cada uno de los elementos del tipo penal”.

“Esto es, de la participación de los hoy acusados como autores y cooperadores necesarios respectivamente en los dos delitos contra la Hacienda Pública que se les imputan”.

“Dudas que no han sido despejadas de la prueba practicada en el acto del juicio oral”.

Periplo judicial

Esta sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia.

Con ella – si no es recurrida – finalizan más de dos décadas de periplo judicial.

El número que la Fiscalía Anticorrupción asignó al caso indica que se investiga a Rexus desde 1998.

Judicialmente las diligencias se iniciaron en 2003 en el entonces Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Jaén.

Al producirse la separación de las jurisdicciones y quedar como juzgado de Primera instancia, la diligencias se remitieron al Juzgado Decano para su reparto.

De esta forma, el caso pasó al juzgado de Instrucción número 1 de Jaén, que les dio nuevo número.

Se iniciaron como consecuencia de una denuncia de la Fiscalía que a su vez la había recibido de la Agencia Tributaria.

Referente a la defraudación del IVA en los ejercicios de 1998 y 1999 mediante el denominado ‘fraude carrusel‘.

En octubre de 2003 la Agencia Tributaria designó a dos nuevos inspectores de Hacienda para realizar el informe pericial.

Este no fue concluido y presentado en el juzgado hasta 2013, diez años después.

La instrucción de la causa, en tanto se practicaba el informe pericial, consistió en localizar y recibir declaración a los administradores de las 61 sociedades.

Estaban radicadas todas ellas fuera de la ciudad de Jaén, algunas de ellas ya desaparecidas.

Y con administradores de nacionalidad extranjera, lo que dificultó enormemente su localización para recibirles declaración.

La acusación se formuló por la Fiscalía Provincial con fecha 8 de noviembre de 2013.

Y finalmente se señaló el juicio en el Penal para el 9 de enero de 2017.

Todo parecía encarrilado y de hecho se llegó el día del juicio, pero hubo que suspender.

El motivo fue que la Abogacía del Estado pidió la nulidad de las actuaciones y que el procedimiento se retrotrajese a la fase de instrucción.

El motivo era no le habían ofrecido personarse en una causa en la que el Estado era supuestamente perjudicado.

Desde entonces ha habido que esperar casi tres años más hasta que finalmente se ha conseguido celebrar la vista.

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