Andalucia Legal y Tribunales

Juzgado anula presupuesto Punta Umbría de 2017 por vulnerar LOUA

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Huelva, 19 mar .- El Juzgado de lo Contencioso administrativo número 1 de Huelva ha anulado el presupuesto municipal del Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) correspondiente al año 2017 por vulnerar la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima el recurso interpuesto por Unidos por Punta Umbría (UPU) contra la aprobación de dicho presupuesto, aprobado por acuerdo de pleno de 16 de agosto de 2017, con los votos a favor de PP y PSOE, en el que sostenía que este “contempla gastar ilegalmente el dinero de la venta de suelos integrantes del patrimonio municipal del suelo”.

Concretamente, el presupuesto incluye inversiones que tienen como fuente de financiación ingresos por un total de 2.405.771,43 euros, a obtener con por la venta de las parcelas comerciales y de la una situada en la Ciudad de Huelva.

Frente a lo que sostiene el Ayuntamiento, el juez, atendiendo a lo alegado por el denunciante, considera que estas parcelas sí que pertenecen al Patrimonio Publico del Suelo(PMS) y que los ingresos por su venta previstos en los presupuestos de 2017 “no se destinan a los usos previstos en la propia LOUA”.

En el presente caso, precisa el juez, el destino de los ingresos obtenidos con la enajenación, manifestado en que no se destinaran a gastos corrientes “no cumple con la especifica determinación legal, pues -según la ley- deben tener un fin determinado que en el presente caso carece”.

Concretamente, se indica que el Ayuntamiento “incumple el artículo 75.2 de la LOUA” ya que la mayoría de las inversiones que se pretenden financiar con los ingresos por la venta de suelo municipal, “no se integran en las actuaciones reguladas en dicho precepto”.

Por su parte, en un comunicado, el Ayuntamiento de Punta Umbría ha informado de que interpondrá un recurso de apelación contra esta sentencia, ya que aunque en el apartado de ingresos por la venta de parcelas, el Juzgado estima que estos terrenos son parte del Patrimonio Municipal del Suelo, algo que informes, “tanto de la Secretaría como la Intervención del Ayuntamiento, niegan”.

Por otra parte, las parcelas a las que hace referencia la sentencia no fueron enajenadas durante el ejercicio 2017, por lo que no se obtuvieron ningún tipo de ingresos por ella.

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