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¿Ha contratado o contratará un curso con una academia? Que debe saber

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Se aconseja revisar el precio total y los conceptos incluidos al contratar

Si se financian los pagos, compare distintas ofertas y solicite una oferta vinculante con las condiciones del crédito antes de la firma


Redacción 13.8.2020.-

Desde el departamento de Consumidores y Usuarios de ISBYLEX ABOGADOS les damos algunas de las claves a la hora de contratar este tipo de productos cuya contratación es muy habitual tras el periodo vacacional en que nos encontramos

Información, información, información

Cuando vaya a contratar un curso o actividad formativa en una academia, ya sea presencial o a distancia se recomienda al consumidor informarse sobre el precio total del curso y sobre los diferentes conceptos que lo integran, como la matrícula o inscripción, los gastos de material, etc.

Asimismo, y no es menos importante, informarse previamente sobre diferentes cuestiones como el contenido del curso, la metodología, duración y programación del mismo, las modalidades de pago, la cualificación de su personal docente, o el título, diploma o certificado que se expide a la finalización de la actividad formativa.

Revisar atentamente el contrato

Una vez que ya se ha decidido a contratar el curso revise atentamente el contrato para comprobar que se ajusta a lo acordado previamente, y consultar, en su caso, a un profesional cualquier duda importante que pueda surgir.

No facultar, si financia, la cesión o subrogación del crédito

A la hora de revisar el contrato, se debe verificar que en el mismo no se faculta al centro de enseñanza a la cesión o subrogación del crédito en caso de financiación, salvo consentimiento expreso.

Otra de las cuestiones a las que se debe prestar especial atención es cuando se haga referencia a puntuación en bolsas de trabajo o a la realización de prácticas en empresas, siendo recomendable solicitar la documentación en la que se acrediten las condiciones, así como copia del convenio con la empresa.

A la hora de formalizar el contrato o la matrícula, es recomendable hacerlo en el domicilio social del centro y no en el domicilio de alumno o alumna o en cualquier otro lugar, así como solicitar en ese mismo momento el documento de revocación del contrato por si se cambiara de opinión.

Derecho de desistimiento para los contratos firmados a distancia

En este sentido, se recuerda que en los contratos celebrados a distancia o fuera del establecimiento la persona consumidora cuenta con el derecho de desistimiento, por el que puede anular el mismo en el plazo de un mínimo de 14 días sin tener que alegar motivo alguno y sin penalización.

Asimismo, se debe revisar el material íntegramente, tanto su contenido como la actualización del mismo, en el momento de su entrega y siempre con anterioridad al plazo de rescisión del contrato.

Conservación ordenada de toda la documentación

Una vez firmado el contrato, se debe conservar una copia del mismo y de todos los documentos que lo acompañen, así como un justificante o factura de los pagos realizados.

Igualmente, es importante conservar una copia de la publicidad del curso, ya que tiene carácter vinculante, por lo que se podrán exigir las condiciones relativas a las características, finalidad y condiciones económicas que se incluyen en la misma incluso cuando no figuren expresamente en el contrato.

Si financias el curso

Si la academia ofrece la posibilidad de financiar el pago del curso, se debe valorar la necesidad de obtener un crédito al consumo y, en su caso, la posibilidad de utilizar otros medios de pago diferentes, siendo conveniente comparar distintas ofertas de financiación para elegir la más adecuada a los intereses de cada persona.

Si finalmente se decide financiar el pago del curso, es recomendable solicitar a la entidad financiera, previamente a la firma del contrato, un documento con todas las condiciones del crédito como oferta vinculante.

Dicha oferta deberá ser mantenida durante un plazo mínimo de 14 días naturales desde su entrega, y deberá facilitarse en un documento separado al resto de la información sobre el contrato del curso, en caso de que ambas informaciones se comuniquen al mismo tiempo.

La oferta se deberá ofrecer en papel o cualquier otro soporte duradero.

El documento de la oferta vinculante deberá incluir, entre otros aspectos, información sobre el tipo de crédito y la identidad y domicilio social de la entidad prestamista, y de la entidad intermediaria implicada en caso de que la haya. Además, incluirá datos relacionados con el crédito (importe total, duración del contrato, tipo deudor, TAE, importe, número y periodicidad de los pagos a efectuar, etc.); los posibles gastos derivados del mismo (mantenimiento de la cuenta, uso de un determinado medio de pago, etc.); servicios accesorios como seguros; tipo de interés de demora y gastos por impago, entre otras cuestiones.

También se incluirá información sobre los derechos de la persona consumidora, como la existencia o ausencia de derecho de desistimiento; el derecho de reembolso anticipado y, en su caso, información sobre el derecho de la entidad prestamista a una compensación y sobre la manera en que se determinará tal compensación; el derecho a que la persona consumidora sea informada inmediata y gratuitamente del resultado de la consulta de la base de datos para la evaluación de la solvencia; el derecho de la persona consumidora a recibir gratuitamente, previa solicitud, una copia del proyecto del contrato de crédito, salvo que en el momento de la solicitud la entidad prestamista no esté dispuesta a celebrar el contrato de crédito con la persona consumidora.

Que hacer cuando surge un problema con la Academia

Si se produjera algún conflicto o disconformidad con la Academia, con el debido asesoramiento de un abogado especializado como los que cuenta la firma ISBYLEX ABOGADOS, se puede presentar una hoja oficial de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía, a la que deberán responder en el plazo de diez días hábiles.

Asimismo, siempre que sea posible se recomienda contratar los servicios con empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo, ya que de esta manera se garantiza que cualquier posible discrepancia pueda quedar resuelta de forma rápida y gratuita, sin necesidad de acudir a los tribunales de Justicia.

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