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El Pequeño Nicolás, condenado a un año y nueve meses de prisión por falsear el DNI para la selectividad

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Se trata de la primera condena interpuesta al joven, que aún tiene otros tres frentes judiciales abiertos

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Francisco Nicolás a un año y nueve meses de prisión y a una multa de nueve meses con una cuota diaria de diez euros como autor de un delito de falsedad en documento oficial en relación al caso conocido como ‘DNI en la Selectividad’.

También ha sido condenado a un año de prisión y seis meses de multa a su amigo, que fue quien intentó hacerse pasar por él. Hay una tercera persona condenada y es la funcionaria que realizó el DNI falso a Francisco Nicolás cuando quiso renovarlo con una foto de su amigo. Se le ha considerado autora de un delito de falsedad de documento oficial por imprudencia grave.

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En el juicio ha quedado acreditado que los dos primeros condenados se concertaron para que el Pequeño Nicolás no se presentase al examen de Selectividad y lo hiciese su amigo en su lugar, el 11 de septiembre de 2012. Para ello, necesitaban mostrar un DNI con la foto de Manuel, puesto que es indispensable para realizar la prueba.

Por ello, el 10 de septiembre de 2012, Francisco Nicolás acudió a las dependencias de la comisaría del distrito de Tetuán donde fue atendido por la funcionaria ahora condenada, a la que solicitó la expedición de un duplicado de su DNI e interesó la sustitución de la fotografía por la de Manuel, que hizo pasar como propia.

Francisco Nicolás ante los medios. (Foto: EFE)

La funcionaria procedió a registrar la operación como ‘refabricación por deterioro’, incorporando la fotografía que aportó Francisco Nicolás ‘sin que resulte acreditado que correspondía en realidad a Manuel, pese a que se hallaba en condiciones de hacerlo de haber prestado una mínima atención’.

No ha quedado probado, sin embargo, que hubiese una confabulación entre ambos para que la funcionara accediese a expedir erróneamente el documento.

Ahora, los condenados tienen la posibilidad de la interposición de un recurso de apelación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza jurídica penal. 


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