SEVILLA 18.3.2021 / Jose Manuel García Bautista
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El juez del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha acordado en dos autos, por una parte, conceder un permiso de 12 días al extesorero del PP Luis Bárcenas y se deniega, por otra parte, la progresión al tercer grado y la aplicación del artículo 100.2.
En el auto en el que se aprueba el permiso, el magistrado señala que ha sido propuesto por unanimidad por la Junta de Tratamiento, compuesta por rigurosos profesionales penitenciarios que estudian y valoran las distintas variables que se dan en el penado y cuya actuación se ve presidida por el principio de legalidad y, en tanto órgano administrativo, por la presunción de veracidad.
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Además, el juez también tiene en cuenta que el penado ha pasado un periodo de 3 años y 4 meses en libertad provisional sin que se hubiese producido incidencia alguna o intento de fuga, que la asunción de responsabilidad por parte de Bárcenas resultaría incompatible con la idea de su quebrantamiento, además de su situación familiar, con apoyo externo, especialmente de su hijo, lo que, entiende el juez, anularía dicha posibilidad en una persona consecuente.