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EL ARBITRAJE Y LA MEDIACION TRAS LA LLEGADA DEL COVID-19

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REDACCIÓN.- 17 DE MAYO DE 2020.-

El pasado jueves en ELITE RADIO recibimos a los miembros de la Junta Directiva de ASEMARB.

María Victoria Rodríguez, responsable de ASEMARB; Rafael Monsalve, Miembro de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla y Vocal de ASEMARB; Juan Piñeyro, Miembro de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla y Secretario de ASEMARB, conjuntamente con José Manuel Carrión, Consejero Delegado de Elite Radio, Elite Diario e ISBYLEX ABOGADOS, intervinieron en un programa divulgativo de presentación del inicio de la actividad de la citada asociación que comenzó el lunes 11 de mayo.

La intención del programa era hacer llegar a la sociedad que es y para que sirve ASEMARB.

El programa, el cual se puede ver en el canal de YOUTUBE de ELITE RADIO a través del enlace que en este mismo artículo aparece más abajo, expuso clara y precisamente cual es el cometido de ASEMARB.

Lo explicamos. ASEMARB es una asociación sin ánimo de lucro constituida por la CÁMARA DE COMERCIO DE SEVILLA y el ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA.

Nace con vocación de servicio hacia la sociedad y con la intención de disponer de proceso ágiles, procesos flexibles y con garantías de sometimiento a la voluntad de las partes.

Su cometido es desarrollar esta vocación a través de la MEDIACIÓN y el ARBITRAJE como medios de resolución de conflictos alternativos y cooperativos a la vía judicial.

Para ello por ASEMARB se ha instrumentado un proceso reglamentario de cómo se pueden utilizar por las partes tanto un proceso como otro a fin de resolver los conflictos que se planteen.

Es importante resaltar que, el reglamento, en lo que respecta al arbitraje, incluso, dispone de un procedimiento abreviado que resuelve la controversia en semanas, así como la articulación de una apelación interna a fin de garantizar que el laudo cumple con los requisitos adecuados a fin de mantenerse en el mundo jurídico y evitar los recursos de nulidad ante la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia.

Es evidente, que, a diferencia de la solución judicial a través de los cauces propios de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el procedimiento determinado en la Ley de Arbitraje, sólo si las partes desean someterse de forma obligatoria tanto a una como a otra, como a las dos formas de resolver la controversia, es cuando se podrá proceder por dichos cauces.

No obstante, la introducción de la cláusula o cláusulas de sometimiento a mediación o arbitraje de los conflictos con carácter previo al procedimiento judicial hace necesaria la justificación de que estos se han llevado a cabo, puesto que de no efectuarse se podría oponer la excepción procesal correspondiente.

Para ello, según explicaban Mariví Rodríguez, Rafael Monsalve y Juan Piñeyro, es preciso introducir las cláusulas en los documentos contractuales precisos o, en su caso, acudir, a ASEMARB para proceder a instrumentar el modo y manera de someterse a alguno o a ambos procesos.

El colapso judicial, conocido por todos, con la llegada de la suspensión de los plazos y procedimientos provocada de la pandemia y el estado de alarma, se acentuará aún más si no se corrige el ya existente y el acumulado.

Esto se podría conseguir, en un medio plazo, mediante la utilización de medios automatizados y telemáticos adecuados y correctos que hagan que las temidas dilaciones no eternicen la llegada de una resolución justa y a tiempo.

Una respuesta tardía a un conflicto, es menos justicia que si se produce de una manera rápida y eficaz.

Ni empresarios, ni autónomos, ni particulares, ni familias, pueden esperar a que los conflictos se resuelvan como hasta ahora, o peor.

Por ello, en términos de cooperación con la justicia, la MEDIACIÓN y el ARBITRAJE son una solución alternativa rápida, eficaz y no muy costosa.

Desde ISBYLEX ABOGADOS, representada por José Manuel Carrión en el programa JUSTICIA PARA TODOS DE ELITE RADIO emitido el pasado jueves 14 de mayo, queremos impulsar la práctica de la resolución de conflictos a través de estos cauces que ASEMARB recoge en sus estatutos y reglamentos y cuyo inicio de actuaciones acogemos con satisfacción.

Y también lo queremos hacer, (impulsando a ASEMARB como institución de resolución de los conflictos en la contratación internacional), a través de la recientemente creada ALIANZA DE DESPACHOS denominada INTERNATIONAL LEGAL PRACTICE ToR, a la cual pertenece ISBYLEX ABOGADOS actuando en colaboración con DRL ABOGADOS, en Andalucía.

A esta ALIANZA pertenecen despachos de Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, EEUU, Guatemala, Panamá, Túnez y Venezuela.

En estas circunstancias el advenimiento del COVID-19 afecta a la práctica nacional e internacional y hace necesaria la intervención de instituciones y procesos ágiles, abreviados en sus trámites y que se conduzcan con la vocación de prestar un servicio adecuado a clientes, abogados, el tráfico jurídico económico y todos los sectores de la sociedad.

ASESORATE CON:

https://www.isbylex.com

SIGUE EL PROGRAMA JUSTICIA PARA TODOS EN EL SIGUIENTE ENLACE:

https://www.youtube.com/watch?v=cSVyeUy7zDA

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