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¿Debo que ponerme la mascarilla estando en la oficina trabajando?

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SEVILLA 5.8.2020 / Jose Manuel García Bautista

El uso de mascarillas es obligatorio en la vía pública, al aire libre, y en cualquier espacio de uso público abierto o cerrado, aunque se pueda garantizar la distancia interpersonal de seguridad.

Esta una de las medidas presentadas para hacer frente a la pandemia del Covid-19 y frenar su transmisión ante el aumento de contagios diarios.

La policía vigila de cerca el primer día de mascarillas obligatorias, advierten a los que las llevan mal puestas, en el brazo o la barbilla.

En la calle hay que llevarlas puestas y también en las terrazas, siempre que no se esté comiendo o bebiendo.

“Todas las personas de seis años en adelante” están obligadas a utilizarla en la vía pública, en espacios al aire libre (como parques o terrazas) y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público como puede ser un comercio, un restaurante o una oficina que trate directamente con clientes.

Es obligatoria en el tren, autobús, avión, así como en “transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor si los ocupantes de los vehículos no conviven en el mismo domicilio”.

¿Cuando no es obligatoria?

En el caso de los centros de trabajo que no sean de uso público, el uso de mascarillas no será obligatorioexclusivamente cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo” y siempre que “se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otros trabajadores y/o usuarios de las instalaciones“, subraya la orden.

En todo caso, se aconseja su uso en espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando “existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes“, aunque se mantenga la distancia de seguridad.

No es obligatorio su uso durante el consumo de bebidas y/o comida en establecimientos; a la hora de practicar deporte al aire libre; en los espacios de naturaleza o al aire libre alejados de los núcleos de población, durante el baño en las piscinas y mientras se permanezca en un mismo espacio.

Todas estas excepciones están permitidas siempre que se pueda garantizar la distancia física de seguridad.

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