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Crimen del joyero: el jurado declara culpable de la muerte a uno de los acusados

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SEVILLA 11.11.2020 / Jose Manuel García Bautista

El jurado popular del juicio celebrado por la Audiencia de Sevilla contra dos varones de nacionalidad rumana acusados de asesinar en agosto de 2018 al joyero de Carmona Francisco Cintado en el negocio que regentaba en dicho municipio.

El crimen que conmocionó a la sociedad de la localidad, ha considerado al mayor de ellos, G.S., de 46 años, culpable de detención ilegal y de “dar muerte” a la víctima, mientras sobre el otro, I.I., de 26 años, declara que “era consciente” de que el robo perpetrado en la joyería sería perpetrado mediante la detención ilegal de Cintado y con “grave violencia”, pero no con la certeza de que se causaría la muerte del joyero.

Durante el juicio, la Fiscalía sostenía que a las 18 horas del 6 de agosto de 2018, G.S., I.I. y el tercer investigado en la causa, actualmente en paradero desconocido, acudieron a la joyería con la excusa de un reloj cuya reparación habían encargado días atrás a la víctima, quien les abrió la puerta del negocio, para después ser asaltado por dos de los tres presuntos autores de los hechos, que “comenzaron a golpearlo brutalmente por toda la cara, cuerpo y extremidades”, hasta atarle las manos a la espalda con bridas y también los pies y amordazarle con una cinta americana en la boca y el cuello.

Después, según la Fiscalía, el investigado no localizado “se sentó sobre el pecho” de la víctima mientras éste se encontraba boca arriba, “dificultando así sus posibilidades respiratorias”, dejándole inconsciente de “un fuerte rodillazo en la cabeza”.

Tras ello, los acusados se apoderaron de joyas y otros objetos, así como de 5.850 euros de dinero en efectivo y uno de los monitores de televigilancia “para evitar ser identificados”, huyendo del local pese a que el joyero “seguía inconsciente y con signos de poder encontrarse inerte”, falleciendo el mismo sobre las 21 horas, siempre según la Fiscalía.

A partir de ahí, y después de que la defensa de G.S. achacase la muerte de Cintado a un caso de “mala suerte” derivado de su “resistencia” al robo, la “pelea y el intercambio de golpes” con sus asaltantes y el hecho de que los mismos abandonasen la escena sin “preocuparse” por él, el jurado ha declarado probado por unanimidad que G.S. y el tercer acusado en paradero desconocido perpetraron el robo en el interior de la joyería mientras I.I. “vigilaba” fuera del negocio.

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Según ha declarado el jurado popular como hechos probados, por unanimidad, una vez dentro de la joyería, G.S. se “abalanzó” sobre Francisco Cintado en el interior de la joyería en compañía del otro acusado actualmente huido, propinándole “múltiples golpes y patadas” en la cabeza, las extremidades y otras partes del cuerpo para después atar sus manos y pies con bridas y rodearle cuello y boca con una cinta americana, con intensa “violencia” y “aumentando deliberadamente su sufrimiento”.

Por unanimidad, el jurado declara además probado que el tercer acusado, actualmente huido, se sentó sobre Cintado mientras éste se encontraba inmovilizado y boca arriba y G.S., “atentando contra su vida” le propinó un rodillazo en la cabeza.

Además, el jurado declara probado que el joyero Francisco Cintado falleció finalmente por una suma de la “asfixia posicional” derivada de su amordazamiento e inmovilización “boca abajo y atado” para el robo y la “brutalidad de los golpes” recibidos, que le provocaron incluso una conmoción cerebral, después de que los autores de los hechos le abocasen a esta “muerte por asfixia” y de que fuese “abandonado” dentro de la joyería, boca abajo, inconsciente, “atado, amordazado” y sin capacidad para recuperarse de la situación.

Dado el caso, el jurado ha declarado por unanimidad que G.S. es culpable de la detención ilegal de la víctima y de “darle muerte aumentando su sufrimiento” para ello. En el caso de I.I., ha declarado probado, por unanimidad, que era “plenamente consciente” de que el robo en el que participaba sería cometido mediante la detención ilegal de la víctima y “grave violencia”, pues sabía de las bridas y la cinta americana transportadas para ello, aunque según el jurado no era consciente de que los hechos derivarían en la muerte del joyero.

Frente a ello, la Fiscalía ha mantenido respecto a G.S. su petición de 33 años de cárcel por un delito de asesinato y otro de detención ilegal como medio para la perpetración del robo, mientras que para I.I., la pena solicitada ha sido rebajada de 33 años de prisión a 20. Las defensas de los acusados, de su lado, han pedido “la pena mínima” que sea posible por los hechos declarados como probados.

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