España Legal y Tribunales

Confirmados tres años de prisión por colaborar en el clonado de tarjetas

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Redacción, 5 Noviembre.- La sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia.

Son de tres años de prisión a un hombre por colaborar en el clonado de tarjetas de crédito.

Y también utilizarlas posteriormente para pagar compras que fueron cargadas a los titulares de las tarjetas copiadas. 

Daño en la confianza de su uso

El tribunal destaca en la sentencia “el difícil recorrido investigador de los grupos que atacan la integridad de la tarjeta de crédito o débito”.

Causan “un serio daño a toda la cadena comercial y personal, ya que se ataca a la economía del sujeto pasivo”

Este, “momentáneamente ve extraído de su cuenta el importe del gasto”.

También “se ataca a la entidad bancaria que debe resarcir al perjudicado el importe de la suma distraída”.

Y lo que es más importante, “se pone en riesgo y juego el mercado financiero con la introducción en el comercio de sistemas de adquisición de bienes con dinero de plástico falsificado”.

Esto “provoca una grave afectación y ataque al sistema financiero por la cadena de perjudicados que introduce con su falsaria conducta”. 

Necesidad de sistemas de protección

La Sala pone de manifiesto la exigencia de un férreo control por el sistema, a fin de evitar perjuicios en el mercado y en la confianza en el uso de este material por los usuarios.

De este modo, “el legislador ha mejorado el sistema de persecución para tutelar los derechos e intereses de los perjudicados”.

“Desde el directo perjudicado inicial hasta la entidad bancaria que no debe verse sometida a una situación de impunidad”.

El tribunal considera que “esta clase de relaciones obliga al establecimiento sistemas de seguridad eficaces para mantener la confianza de los usuarios”.

“Y, sobre todo, se persigue proteger la estabilidad de las transacciones comerciales”.

Añade que un adecuado sistema de protección, control y evitación de este tipo de conductas permite “una mayor fluidez de estas operaciones comerciales”.

Así como “mayor confianza en el comerciante en que quien utiliza la tarjeta es su titular”.

“Y que quien le atiende no procederá al clonado de la tarjeta, y, lo que es más importante, que no podrá hacerlo”. 

Por último, la sentencia incluye datos sobre la relevancia de estas conductas en el sistema financiero.

Así consta en la Memoria anual sobre la vigilancia de las infraestructuras de los mercados financieros 2018 elaborada por el Banco de España.

El informe indica que las compras realizadas con tarjetas durante ese año alcanzaron casi los 4.000 millones de operaciones.

Fueron por un valor superior a los 147.431 millones de euros.

Esto supone incrementos del 13,8% y del 9,1%, respectivamente sobre el año anterior. 

También se registraron en el mismo periodo algo más de un millón de operaciones fraudulentas con tarjetas, por un importe de 88 millones de euros.

Del total de operaciones fraudulentas, el 64% corresponde a fraude en compras realizadas en operativa remota.

Y el resto a TPV físicos (34%) y a cajeros (2%).

La Sala concluye que no se trata de que el comercio cobre en cualquier caso, sino que el banco no asuma pérdidas por estos delitos.

Y que, por ello, la informática pueda impedir este tipo de hechos.

La sentencia

El tribunal ha desestimado el recurso de casación planteado por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid.

Esta le impuso dicha pena de prisión como autor de un delito continuado de falsificación de tarjetas de crédito y débito.

En concurso medial con un delito continuado de estafa

Según los hechos probados, el recurrente propuso a una persona que trabajaba en una gasolinera de Laguna del Duero (Valladolid), que ya ha sido condenada, que copiase las tarjetas de crédito y de débito con las que pagaban los clientes para obtener y almacenar los datos de las bandas magnéticas, a través de un “skimmer”(eskímaa).

La tarjeta era devuelta al cliente sin levantar sospechas.

Así lo hizo el empleado de la gasolinera entre el 21 de marzo y el 5 de abril de 2009. 

Después se fabricaban nuevas tarjetas falsas –clonadas-, con la banda magnética de la original, pero con los datos personales de la persona que la iba a utilizar en el establecimiento.

Las compras se cargaban al titular de la tarjeta copiada.

El recurrente utilizó las tarjetas clonadas para realizar compras en un supermercado, una de 63 euros y otra de 741 euros, y en un centro comercial donde adquirió un Home Cinema (149 euros) y una televisión (468 euros).

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