Redacción, 17 Enero.- Publica el Diario de Sevilla que el informe de balística de la escopeta del investigado relaciona directamente el arma con la bala que causó la muerte del menor.
Es el caso de la muerte de un niño de cuatro años durante una montería en la finca Las Lapas, en Guillena.
El peritaje confirma que la munición utilizada era de postas.
El uso de munición de postas está prohibido en las normativas de las distintas Comunidades Autónomas. Concretamente en la de Andalucía, en la Ley 8/2003 de 28 de octubre de la flora y fauna silvestres, quedan prohibidas las postas, entendiendo por tales aquellos proyectiles múltiples cuyo peso sea superior a 2,5 gramos.
En las infracciones más graves, la cuantía de las sanciones puede ascender a 300.506,05 euros.
El inculpado se declaró autor confeso en declaración judicial y el informe es “la prueba irrefutable de la confirmación de todo lo que vieron los testigos: que el niño no se movió de su sitio y que el acusado disparó fuera de su marca.
Además el investigado no era el titular del puesto, por lo que no tenía permitido usar la escopeta, pero disparó y además se movió de su marca para hacerlo.
“Hay otro informe pericial que indica que el niño no se movió de su puesto”, añadió.
Respecto a la reclamación de indemnización, el juzgado va a poner el asunto en conocimiento del dueño de la finca como responsable.
El investigado está actualmente en libertad con cargos acusado de un delito de homicidio imprudente.
Se ha solicitado que se le retire el pasaporte y tenga que ir a firmar al juzgado los días 1 y 15 de cada mes a fin de evitar el riesgo de fuga, aunque aún no han recibido respuesta por parte del juzgado.
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