España LEGAL Y TRIBUNALES

Condenado por certificaciones de obra falsas para anticipos millonarios

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Redacción, 26 Enero 2021.-

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años y tres meses de prisión al administrador de un grupo empresarial que falsificó hasta 108 certificaciones de obra pública y las presentó ante siete entidades bancarias para obtener así anticipos millonarios.

El tribunal le considera autor de un delito continuado de estafa en concurso con otro delito, también continuado, de falsedad en documento oficial.

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Además, le atribuye un delito de alzamiento de bienes.

Y es que creó tres empresas al frente de las cuales colocó a un testaferro para vender inmuebles y vehículos de su grupo empresarial y eludir así el pago a sus acreedores.

Meses después de esas transmisiones, el grupo empresarial fue declarado en concurso.

Por eso, también se condena al testaferro que colocó a la cabeza de las empresas recién creadas.

Además, el principal acusado deberá indemnizar a los bancos en las que cantidades que se concreten en la fase de ejecución de sentencia.

Aprovechó la situación de confianza con los bancos

Según el relato de hechos, en 2008, el acusado dirigía una serie de empresas que operaban de manera interrelacionada en Cantabria.

“Dado el volumen de negocio del grupo empresarial, […] conformaron una situación de confianza entre las entidades bancarias y el acusado, que este aprovechó en su beneficio”.

Así, durante al menos los años 2008 y 2009, “logró de diversas entidades bancarias la obtención de importantes cantidades de dinero […] mediante el descuento (endoso) de múltiples certificaciones de obras públicas”.

“En muchos de ellos, el engaño se culminaba con la simulación de la firma real del escrito de toma de razón de la cesión emitido por la supuesta administración deudora”.

Absolución del trabajador de una entidad bancaria

Por lo que a Caja Castilla La Mancha se refiere, las operaciones las realizó en la sucursal de Albacete, donde trabajaba otro de los acusados.

Sin embargo, la Audiencia ha absuelto a este trabajador de cooperación en los delitos de estafa y falsedad.

Pues “la colaboración entre ellos no acredita en modo alguno que el empleado de banca estuviese al tanto del origen falso de las certificaciones que el empresario descontaba, ni de la improcedencia de los pagos que se efectuaban”.

Alzamiento de bienes

En julio de 2009, el principal acusado creó tres empresas a través de un testaferro, a las que, “a pesar de no conocerse actividad comercial alguna”, transmitió bienes de sus sociedades: inmuebles y vehículos.

La Audiencia razona que “esta situación causó un perjuicio al acreedor al verse privado de cobrar su deuda y de tener que acudir a un procedimiento judicial a tal fin”.

En todas estas ventas de inmuebles y vehículos participó como administrador y comprador el otro acusado, que actuó en calidad de testaferro.

Y “con conocimiento de la verdadera situación de las empresas del grupo”; grupo que fue declarado en situación de concurso en mayo de 2010.

“La multitud de actos de transmisión sin contraprestación alguna hace que” el otro acusado “no pudiera ignorar el delito que se estaba cometiendo; igualmente consta su participación activa en el movimiento circular de dinero”, apostilla.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Cantabria no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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