Andalucia Elitediario Granada Legal y Tribunales

Condena a 8 años de inhabilitación a exalcalde de Castril

Sharing is caring!

17 oct. 2019.- La Audiencia de Granada ha desestimado el recurso interpuesto por el exalcalde de Castril (Granada) José Juan López Ródenas (PSOE) y ha confirmado su condena a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público por prevaricar al incluir a una familiar entre los beneficiarios de un programa de ayudas.

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación hace firme la condena al exalcalde dictada el pasado mes de febrero por el Juzgado de lo Penal 4 de Granada, aunque estima parcialmente su recurso y le exime del pago de las costas de la acusación popular.

Los hechos se remontan al año 2003 cuando la Junta aprobó el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, que incluía un programa para la transformación de infraviviendas y que establecía qué personas y entidades, entre ellas los ayuntamientos, tenían capacidad para ser promotoras.

Una vez declarada la zona de actuación de infravivienda, correspondería al promotor iniciar el procedimiento de selección de los beneficiarios de la subvención y al pleno municipal certificar y verificar que se cumplían con los requisitos.

El 14 de mayo de 2008, según la sentencia ahora confirmada, tuvo entrada en el registro municipal de Castril una solicitud de una prima hermana del condenado y entonces alcalde para acogerse al programa infravivienda respecto del inmueble propiedad de sus padres, acompañada de un contrato de arrendamiento de fecha de 1 de enero de 2006.

Ese contrato, sin embargo, “no respondía a la realidad” pues esa prima hermana no había residido nunca en dicha vivienda, encontrándose por tanto la misma deshabitada.

Los posteriores trámites permitieron, según la sentencia, que la prima del condenado obtuviera “de manera indebida” una subvención de 36.119 euros a cargo de la administración autonómica, que fueron destinados por aquella a la rehabilitación de la vivienda.

En los fundamentos de la sentencia, el Juzgado explica que el alcalde conocía plenamente la “injusticia” de la resolución en la que participaba, y ve “ilógico” que dijera no conocer que su prima hermana no residía en la localidad de Castril dado el parentesco que los une.

El exalcalde socialista recurrió esta condena al entender que vulneraba el principio de presunción de inocencia, un extremo rechazado por la Sección Primera de la Audiencia que solo ha atendido a la petición de eximirle del pago de las costas de la acusación popular.

Síguenos en:

Patrocinado por:

Related posts

El Parque de las Ciencias acerca las Perseidas

Aries Luna

Un grupo técnico abordará de forma urgente la lucha contra el alga invasora

REDACCION

Suben las cifras de contagios en Andalucia por Covid-19

REDACCION

Leave a Comment

shares