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Cinco autonomías pidieron al Ministerio habilitar el mes de Agosto en los Tribunales

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Redacción, 4 Mayo 2020.- Se trata de los Gobiernos de la Comunidad de Madrid, Cantabria, Canarias, País Vasco y Navarra.

Estos pidieron al Ministerio de Justicia que habilitara el mes de agosto para evitar el colapso en los tribunales tras la crisis del coronavirus.

Así consta en un informe sobre el trabajo coordinado en la Comisión de la Crisis de la Administración de Justicia para aprobar el decreto-ley que hace frente al aluvión de causas tras la pandemia.

En el documento se detalla que en la reunión de la citada comisión, fue el consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid quien propuso incluir en el decreto-ley de “medidas procesales y organizativas para hacer frente a la Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia” la habilitación de todo el mes de agosto en los juzgados.

“Ninguna comunidad autónoma durante todas las reuniones de trabajo y en los documentos remitidos se mostró contraria a la cuestión”.

Es más, hubo cuatro regiones que se sumaron a la iniciativa del dirigente del PP.

Fueron los consejeros de Cantabria, Canarias, País Vasco y Navarra.

También el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), instó en aquel encuentro a la habilitación de agosto en su plan de choque frente al coronavirus.

Esto “con la intención de recuperar lo más posible el tiempo en el que la actividad judicial esté en periodo de hibernación“.

“Y, por tanto, contribuir a la recuperación del ritmo anterior a la crisis”.

Finalmente, el Gobierno decidió declarar hábiles “para todas las actuaciones judiciales” el periodo comprendido entre los días 11 al 31 del citado mes.

La medida excepcional contó desde un primer momento con el rechazo del Consejo General de la Abogacía Española.

Este se ha mostrado muy crítico con la iniciativa.

Y es que, “lejos de contribuir a normalizar la situación y agilizar los procedimientos, va a suponer, sin duda, una mayor distorsión” del funcionamiento de los juzgados.

Ya que “difícilmente” va a poder desarrollarse una actividad normal coincidiendo con un periodo vacacional.

Cobertura legal

Por otro lado, en el informe de Justicia se aborda una de las cuestiones que ha generado mayor debate dentro de la Carrera Judicial.

Se trata de la fundamentación legal que permite al departamento de Campo habilitar el mes de agosto en los juzgados.

Desde el ministerio se explica que se prevén “dos vías de habilitación” sin tener que modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

El artículo 183 de la citada ley prevé que serán inhábiles “los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales”.

“Excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales”.

No obstante, el CGPJ, mediante reglamento, también podrá habilitarlos a efectos de otras actuaciones.

Desde el Ministerio de Justicia se considera que al enmarcarse esta medida dentro de un decreto-ley estamos ante un supuesto de “una ley de naturaleza procesal, que por motivos de urgencia, declara hábiles determinados días”.

“Solamente podría entenderse que hay vulneración del contenido orgánico si pretendiese hacerlo con carácter definitivo, pero lo norma sólo habilita 20 días concretos, amparado por tanto en la propia excepción que contempla el artículo 183 de la LOPJ”.

Precisamente, el ministro Campo comparece este lunes en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados a petición propia para explicar las principales medidas aprobadas en el decreto-ley para evitar el colapso de la Justicia cuando finalice el estado de alarma.

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