SEVILLA 21.5.2020 / Jose Manuel García Bautista
La Policía Local podrá multar a todas personas que, sin motivo justificado, no lleven puesta la mascarilla en los espacios cerrados de uso público y no atiendan el requerimiento de los agentes de abandonar el lugar.
Es una de las indicaciones del Ministerio del Interior en relación con la orden de Sanidad de 19 de mayo por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla en espacios cerrados y en público, en el caso que no se mantenga la distancia social mínima de dos metros por cualquier circunstancia.
Durante los primeros días de entrada en vigor de esta orden, que comienza hoy, las fuerzas de seguridad potenciarán la función pedagógica, como informa el departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska.
Los agentes que tengan conocimiento de supuestos de incumplimiento de la orden, requerirán a la persona que cometa ese incumplimiento que proceda a ponerse la mascarilla o que se retire a una zona en la que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal.
Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esas persona que abandone dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se podrá levantar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.
En los primeros días, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad potenciarán la función pedagógica pero podrían multar y hacer propuesta de sanción por incumplimiento de las restricciones y órdenes reguladas por el Gobierno para prevenir el contagio de coronavirus.
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