España Legal y Tribunales

Archivada la querella contra las fuerzas de seguridad por su actuación en el 1-O

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Redacción, 18 Noviembre.- El juez de la Audiencia Nacional ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la querella presentada.

La interpusieron varios particulares contra diversos responsables de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

El motivo, un presunto delito de lesa humanidad por la actuación de la Policía y la Guardia Civil el 1 de octubre de 2017.

Motivación del Auto

“No se aportan ni constan mínimamente acreditados datos o elementos objetivos que permita considerar la concurrencia del delito“.

Indica el Auto que “carece del mínimo rigor que reclama dicho precepto”.

“Así como la insuficiencia probatoria en la que se sustentan las afirmaciones que ostentan”.

“No apareciendo, por tanto debidamente justificada la perpetración del delito”.

Este auto sigue el criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

Intención de la querella

La querella fue interpuesta por varios heridos en las cargas policiales durante el referéndum ilegal del 1-O.

La presentaron contra ex cargos del Gobierno, Policía Nacional y Guardia Civil.

Entre ellos el ex secretario de Estado de Seguridad; el ex delegado del Gobierno en Catalunya; o el coordinador del dispositivo policial del 1-O y coronel de la Guardia Civil.

En el texto de esta querella por crímenes contra la humanidad se denunciaba un “ataque sistemático”, “planificado” y “generalizado” contra la población civil durante el 1-O, por motivos “políticos e ideológicos”.

Descripción de crimen de lesa humanidad

El magistrado explica en su resolución que el concepto de crimen de lesa humanidad se definió en 1945 a través de la carta del Tribunal Militar Internacional.

Fue para celebrar los juicios de Nüremberg contra los jefes del ejército nazi tras la Segunda Guerra Mundial.

Y para perseguir conductas criminal que se consideraban de “extrema gravedad e injusticia, al atacar bienes jurídicos fundamentales de los seres humanos como miembros de la comunidad internacional y de la humanidad”.

Se trata de una serie de conductas clasificadas en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 17 de julio 1998, ratificado por España en el año 2002.

Entre ellas el genocidio, los crímenes de lesa humanidad o crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo lo define como un delito contra la Comunidad Internacional que se compone de “una serie de conductas básicas dolosas que ya eran figuras delictivas ordinarias con anterioridad”.

“Pero cuya elevación a la naturaleza de delitos contra la comunidad internacional encuentra justificación en las circunstancias añadidas que integran el tipo penal”.

Un ejemplo sería un ataque generalizado y sistemático contra la población civil o una parte de ella.

O cuando se cometan por razón de la pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género “u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional”.

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1 comment

Más seguridad en las fiestas navideñas - diciembre 21, 2019 at 7:45 pm

[…] Archivada la querella contra las fuerzas de seguridad por su actuación en el 1-O […]

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