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Andalucía levanta el confinamiento en Linares, Almodóvar y Casariche

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Mantiene sólo a Écija en confinamiento perimetral

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Sevilla, 17 Octubre 2020.-

El municipio sevillano de Écija ha pasado a ser este sábado, 17 de octubre, la única localidad andaluza con el conocido como confinamiento perimetral.

Esto después de que dicha limitación se haya levantado por parte de la Junta de Andalucía en Casariche, Linares y Almodóvar del Río.

No obstante, en todas esas localidades son de aplicación las medidas recogidas en la orden de 14 de octubre de 2020.

Son “específicas, temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la Covid-19“.

“En localidades o parte de las mismas donde es necesario adoptar medidas que no conllevan restricción a la movilidad“.

http://www.elitelegal.es

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó este viernes, 16 de octubre, una edición extraordinaria.

Con la relación de dichas medidas “temporales y excepcionales” que están en vigor desde las 8,00 horas de este sábado, día 17, en Casariche, Linares, Almodóvar del Río.

Así como en Granada y Sierra de Yeguas.

Se trata, en concreto, de medidas como no permitir “visitas ni salidas a los usuarios en los centros sociosanitarios de carácter residencial”.

La asistencia a velatorios se limita “a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados”.

Asimismo, “todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50 por ciento del aforo permitido”.

“Y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22,00 horas”.

“A excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales”.

Limitación del aforo

También “los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50 por ciento”

“Tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra”.

“Las mesas o agrupaciones de mesas deben “guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas”.

“Con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros”.

La ocupación máxima en dichos establecimientos hosteleros será “de seis personas por mesa o agrupación de mesas”.

“Y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22,00 horas”

“A excepción de servicios de entrega de comida a domicilio”.

De igual modo, se dispone “el cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares”.

Y ha determinado que, “en el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias, el número máximo de participantes será de 30 personas”.

Esto “tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados”.

Tampoco se permite “la apertura de mercadillos públicos o privados”.

Mientras que sí se autoriza la “práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior”.

“Siempre que no se supere el 50 por ciento del aforo máximo permitido de la instalación”.

“La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas”.

“Una vez superado el estado de alarma, los aforos de las actividades servicios e instalaciones se reducen al 50 por ciento”.

Otras medidas incluidas en la citada orden del 14 de octubre son la suspensión temporal de “la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público”.

Y el refuerzo de “las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas y aforos”.

Restricciones en Écija

En cuanto a Écija, se adoptó la referida medida de restricción a la movilidad como consecuencia de la “situación epidemiológica” por Covid-19.

Se hizo en una resolución que entró en vigor a las 8,00 horas del pasado jueves, día 15 de octubre.

Y, “por un período inicial de diez días naturales, pudiendo ser revisado si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica de mantenerse las circunstancias que motivan su adopción”.

La Junta acordó dicha restricción a partir de datos actualizados a 11 de octubre.

Estos reflejaban, entre otros, una tasa de incidencia acumulada del coronavirus en los últimos 14 días de 1.041,80 por 100.000 habitantes, y de 652,08 en los últimos siete días en Écija.

De esta manera, el Comité Territorial de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto de Sevilla constató la existencia de “un riesgo alto” en Écija.

Y “razones objetivas sanitarias para establecer restricciones a la movilidad de la población de dicha localidad como medida proporcionada, de carácter preventivo y de contención de la transmisión del Covid-19”, una restricción que continúa así en vigor.

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