Legal y Tribunales Sevilla

Absuelta de estafa tras comprar coche que después apareció en caso de drogas

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Sevilla, 29.2.2020 (EFE).-

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a una mujer para quien la Fiscalía pedía cárcel por demandar a un hombre al que compró un coche que no le entregó y que se defendió acusándola de financiar una operación de tráfico de drogas con el dinero que le había dado por el vehículo.

Un juzgado de primera instancia desestimó su demanda al entender que los 15.000 euros que entregó al vendedor “eran en realidad un préstamo encubierto” para pagar la droga, así que el Ministerio Público pedía once meses de prisión para B. C. G. por un delito de estafa procesal, pero la Sección Cuarta la ha absuelto.

El vendedor del coche, J. M. T., y el hermano de la encausada, C. M. C. G., fueron condenados por un delito contra la salud pública en una sentencia de la Audiencia de Cádiz que fue revocada parcialmente por el Tribunal Supremo, pero “en ningún momento” en esas resoluciones “se menciona que la acusada tuviese participación en aquella trama delictiva”, recuerda ahora la Sala.

La sentencia de la Sección Cuarta, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que B. C. G. y J. M. T. concertaron el 5 de mayo de 2009 un contrato de compraventa de un vehículo y firmaron que, en caso de desaprobación, el vendedor devolvería todo el dinero “más los gastos que se hubiesen ocasionado”.

La acusada “no conocía” al vendedor, de modo que fue su hermano, amigo del otro varón, quien le entregó el dinero de su hermana y “llevó todas las negociaciones”.

La acusada nunca dispuso del vehículo, que resultó decomisado por tráfico de drogas, delito por el que J. M. T. fue detenido el 25 de mayo y condenado el 30 de septiembre del 2011.

La procesada demandó al vendedor en el 2013 y pidió al juzgado que declarara resuelto el contrato y le restituyeran 24.490,97 euros.

El demandado respondió que el contrato era simulado porque se firmó para “garantizar a la acusada la devolución de 10.000 euros que entregó para financiar” una operación de narcotráfico que él “iba a realizar con terceras personas” y que aportaría “un beneficio de 5.000 euros” a B. C. G.

El Juzgado de Primera Instancia número 27 de Sevilla determinó que el contrato era nulo y desestimó la demanda, pero la acusada recurrió y la Sección Octava de la Audiencia de Sevilla acordó remitir las actuaciones a la Fiscalía y suspender el proceso hasta la resolución penal.

La Audiencia, en una sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), afirma que “no es posible sustentar” la existencia de una estafa, entre otros motivos porque fue el hermano quien “le propuso comprar un coche de segunda mano de un amigo” y realizó “todas las gestiones con el vendedor”.

“De acreditarse que el dinero fue para financiar una operación de tráfico de drogas, podríamos entender que concurriría un fraude procesal”, admite el tribunal, que aclara que los 15.000 euros no “encubrieron” un préstamo en ese sentido.

La acusada y todos los testigos negaron la existencia de ese crédito en el juicio, celebrado el 28 de enero, pero la Sala aclara que, aun en el caso de que se hubiese probado que J. M. T. financió la compra de droga con ese dinero, “no es posible sostener” que la mujer “supiese para qué pensaban utilizar” los 10.000 euros su hermano y el vendedor. 

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